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11 Nov, 2006


¿Tierra de asilo?. DELIA BLANCO

ARTICLES I LINKS SOCIETAT — Publicat per smayolpi @ 17:06
La conmemoración del 25º aniversario de la promulgación de nuestra Constitución, que en su artículo 13.4 reconoce el derecho de asilo como uno de los derechos fundamentales, coincide entre dos efemérides especialmente relevantes.El País. España, enero del 2004.

Por una parte, el 22 de julio de 1978 se cumplió también un cuarto de siglo de la adhesión de España a los dos principales instrumentos jurídicos internacionales de protección de los refugiados: la Convención de Ginebra de 1951 y el Protocolo de Nueva York de 1967. La sociedad española, que conocía muy bien el significado trágico del exilio, expresaba justo cuando recuperaba la democracia su voluntad de comprometerse con la defensa de aquellas personas que debían huir de sus países por ver sus derechos humanos amenazados.

Apenas seis meses después de la aprobación de la Carta Magna, el 7 de mayo de 1979, representantes de los partidos políticos, de las centrales sindicales, de las confesiones religiosas y de organizaciones no gubernamentales y de defensa de los derechos humanos fundaron la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, expresión del mandato constitucional de convertir a España en tierra de asilo.

Pero la celebración de los primeros 25 años de nuestra Carta Magna también coincide con uno de los momentos más difíciles de la política de asilo gubernamental, que conculca casi a diario las disposiciones constitucionales, de la Ley de Asilo de 1984 y de la Convención de Ginebra. En lugar de acoger a aquellas personas que llegan a nuestro país porque necesitan protección internacional, el Gobierno actúa de manera consciente contra el derecho de asilo, en el marco de una Unión Europea obsesionada en blindar sus fronteras y alejar a los refugiados en centros de internamiento en terceros países.

El ejemplo más dramático es Ceuta, donde más de 300 personas que han solicitado el estatuto de refugiado (y centenares de refugiados) se ven obligados a malvivir en las calles por la saturación del Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes después de que el delegado del Gobierno desalojara por la fuerza un campamento que Médicos Sin Fronteras instaló para prestar la asistencia que las autoridades les niegan. Además, junto a recientes denuncias de brutalidad policial hacia los refugiados que duermen en las playas, CEAR documenta en su informe anual, La situación de los refugiados en España, que efectivos de la Policía Nacional forzaron de manera absolutamente irregular, e inhumana, a varios solicitantes de asilo a abandonar el territorio español arrastrándose por debajo de la alambrada del perímetro fronterizo.

La crisis humanitaria en Ceuta ha alcanzado tal gravedad que el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha demandado recientemente al Gobierno que dispense un trato digno a los refugiados y que procure la agilización de los trámites de la solicitud de asilo, que ahora suponen una media de espera de cuatro meses.

Por otra parte, los obstáculos para llegar a territorio español (la política de imposición de visados, por ejemplo) son cada día mayores, debido a las restricciones impuestas por el Ejecutivo en sus tres reformas de la Ley de Extranjería en esta legislatura, algo inaudito en una ley orgánica que requiere de un amplio consenso social y político. Las trabas que plantea para que miles de refugiados no puedan solicitar asilo en España significa que estas personas pueden seguir expuestas a sufrir violaciones de sus derechos humanos.

Tal es el caso de los ciudadanos de Colombia, un país desangrado por una guerra civil no declarada desde hace cuatro décadas. Según los datos del Ministerio del Interior, en 2001 2.532 ciudadanos colombianos pidieron asilo, una cifra que, debido a la imposición de visados decretada por el Gobierno en enero de 2002, cayó el año pasado a 1.065 y en los 10 primeros meses de este año a 410. Por otra parte, según sus propios datos provisionales, Interior ha resuelto entre enero y octubre de este año sobre la admisión a trámite de 501 peticiones de asilo de ciudadanos colombianos, y de ellas ha aceptado sólo 334. Mientras tanto, la Unión Europea aprueba una declaración tras otra de condena de la terrible situación de violencia que padece aquel país y de las violaciones de los derechos humanos.

Otro ejemplo de la política gubernamental es la última reforma de la Ley de Extranjería, que impone a las compañías transportistas la obligación de controlar la documentación de los pasajeros en su lugar de origen. Ante las fuertes sanciones que podrían sufrir, parece obvio que estas empresas se negarán a trasladar a España a todas aquellas personas que carezcan de la documentación necesaria, situación en la que suelen estar muchos refugiados, que no pueden esperar durante meses a la concesión de un visado, por ejemplo, cuando quieren huir, desesperados, para salvar su vida. En otros casos, las compañías transportistas llegan a ejercer presiones directas a los pasajeros en los aeropuertos españoles para impedir que soliciten asilo.

Estas medidas suponen ya la quiebra efectiva del sistema de asilo, porque dejan en manos de un empleado de cualquier compañía transportista una decisión que corresponde al Gobierno y al ACNUR y privan a los refugiados de las garantías judiciales que les reconoce la Ley de Asilo.

Tampoco en la Unión Europea soplan vientos favorables para las víctimas de las violaciones de los derechos humanos que buscan protección dentro de sus fronteras. Así, el ACNUR advirtió a la Presidencia italiana semestral de la UE de que las propuestas legislativas discutidas en la reciente reunión del Consejo de Ministros de Justicia e Interior vulneran la Carta Europea de Derechos Fundamentales, así como las obligaciones que el Derecho Internacional impone a los distintos Estados miembros. Con la excusa del proceso de armonización de las políticas comunitarias de asilo exigido por el Tratado de Amsterdam, los Gobiernos europeos pretenden en realidad restringir los niveles de protección de los refugiados y cerrar las fronteras, con medidas que conculcan la Convención de Ginebra, como la elaboración de una lista de supuestos "países seguros" para negar de manera automática el asilo a sus ciudadanos.

Ya han transcurrido 25 años desde que la Constitución consagrara a España como tierra de asilo, pero hoy solicitar en nuestro país el estatuto de refugiado se ha convertido en un angosto recorrido plagado de incertidumbre, obstáculos y trampas (por ejemplo, la aplicación de estatutos de protección subsidiarios, devaluados respecto al estatuto, que pueden revocarse y dejar por tanto al solicitante de asilo sin documentos y bajo la amenaza de expulsión). Y después de este suplicio burocrático el Gobierno niega el reconocimiento de la condición de refugiado al 95% de las personas que lo solicitaron y que se ven condenados a la exclusión social y a una expulsión que, según los acuerdos adoptados en el seno de la Unión Europea, puede realizarse con el uso de la fuerza.

España es hoy, y nos duele profundamente decirlo, una tierra hostil a los refugiados a consecuencia de la política del Gobierno. No es el lugar de acogida que el pueblo español aprobó en el referéndum constitucional de 1978, o el que soñaron las personalidades y organizaciones que fundaron CEAR al calor de ese sentimiento en mayo de 1979. La España democrática de 2003 ha olvidado a la España desangrada de 1939, que vio cómo centenares de miles de sus hijos tenían que huir del terror franquista y se repartieron por todos los rincones del planeta.

Pero mientras los refugiados llamen a las puertas de nuestra fortaleza, seguiremos trabajando para que se bajen todos los puentes levadizos. Siempre nos reconoceremos en ellos porque son una metáfora de la humanidad, su destino es el de todos y cada uno de nosotros.

(1) Delia Blanco es presidenta de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).

(*) Artículo aparecido en El País, de Argentina. La redacción de este diario recuerda a sus lectores que en nuestras páginas sólo tienen cabida los textos externos que cuenten con los debidos permisos de reproducción de autores y/o publicaciones. Cualquier excepción, como la actual, se hace siempre en virtud del carácter no lucrativo de La Insignia, ante situaciones de evidente interés informativo o social y a condición de no provocar perjuicio alguno a la fuente de origen.



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