Expertos aclaran dudas sobre el delito de alcoholemia

Dentro de las distintas infracciones de tráfico que una persona puede cometer, una de las más graves es la alcoholemia y el consumo de otros tipos de estupefacientes. Esto, debido a la relación que estos consumos guardan con la tasa de accidentes.

De acuerdo a datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), cada año, la mitad de los accidentes que se producen en las vías y rutas españolas son producto del consumo de alcohol o están relacionados con él. Esto hace que se trate de muertes evitables.

Si bien el endurecimiento de las penas por alcoholemia y de los controles han contribuido a reducir esas muertes, las cifras continúan siendo muy altas y se sigue buscando la meta del alcohol cero al volante. A continuación, expertos aclaran dudas que pueda haber sobre el delito de alcoholemia y sus consecuencias.

“De acuerdo a datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), cada año, la mitad de los accidentes que se producen en las vías y rutas españolas son producto del consumo de alcohol o están relacionados con él”.

¿En qué consiste el delito de alcoholemia?

Como indican los especialistas en esta nota en ElPeriodicoDeAqui, se considera delito de alcoholemia a los casos en los que una persona conduce un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol. No obstante, deben darse ciertos niveles de consumo al momento de realizarse la prueba. Es delito, entonces, si el resultado de aire aspirado es superior a 0,60 mg/l.

Para evaluar esto, la policía o un agente de tránsito emplea un alcoholímetro. Se trata de un dispositivo electrónico en el que el conductor debe soplar y cuyo resultado aparece en una pantalla digital.

El etilómetro

Al realizarse la prueba mencionada con anterioridad, el resultado puede dar positivo o negativo. En caso de que dé positivo, se debe continuar con una prueba realizada con un etilómetro. El conductor debe soplar allí un par de veces con una separación temporal de diez minutos.

Hecho esto, el dispositivo produce dos tickets en los que se indica la tasa de alcohol en el aire aspirado. Estos tickets, posteriormente, se pueden usar como prueba de cargo en un eventual juicio.

Hay que tener en cuenta que el conductor tiene derecho a pedir una prueba de contraste en caso de considerar que el resultado del etilómetro es falso o incorrecto. Esta se lleva a cabo mediante examen de orina o de sangre y se considera efectiva para determinar la concentración real de alcohol.

“El etilómetro produce dos tickets en los que se indica la tasa de alcohol en el aire aspirado. Estos tickets, posteriormente, se pueden usar como prueba de cargo en un eventual juicio”.

Las infracciones administrativas

A pesar de lo anterior, lo cierto es que no todo consumo de alcohol antes de conducir se considera como recaer en un delito de alcoholemia. Para que este aparezca, el dato del etilómetro debe dar más de 0,60 mg/l.

Si la tasa está entre los 0,60 mg/l y los 0,25 mg/l, se considera una infracción administrativa que no es constitutiva de delito. Para esos casos, se debe pagar una multa que es de hasta 1.000 euros, a la vez que se pierden de 4 a 6 puntos en el carnet de conducir.

No obstante, hay que tener en cuenta que un juez puede tomar una decisión diferente en este punto. Si este puede demostrar que el conductor se encontraba bajo efectos del alcohol, puede estimar que existe efectivamente un delito.

El delito de alcoholemia

Comprendiendo esto, si la tasa que aparece es de más del 0,60 mg/l, se considera que el conductor ha cometido un delito de alcoholemia, que es un delito de conducción contra la seguridad vial bajo los efectos de bebidas alcohólicas.

Si esto sucede, el conductor puede ser sometido a penas de prisión de entre 3 y 6 meses, como así también a multas de 6 a 12 meses. Otras consecuencias pueden ser los trabajos en beneficio de la comunidad, como así también la privación del derecho a conducir por plazos de 1 a 4 años. La decisión final dependerá de la gravedad del delito en consideración.

“El conductor puede ser sometido a penas de prisión de entre 3 y 6 meses, como así también a multas de 6 a 12 meses”.

 

Aquesta entrada ha esta publicada en General. Afegeix a les adreces d'interès l'enllaç permanent.